Aurelia Brouwers comenzó a tener problemas de salud mental cuando tenía 12 años e intentó suicidarse una veintena de veces.

La ley de eutanasia (segunda parte). Consentimiento informado y discapacidad grave crónica

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Continúo con las observaciones realizadas a la Proposición de Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia (PLORE), aprobada ayer por el Congreso de los Diputados.

(Véase el post de ayer)

En su artículo 3 define los conceptos clave de la PLORE: Consentimiento informado, discapacidad grave crónica, enfermedad grave incurable, médico consultor, objeción de conciencia, prestación de ayuda para morir, situación de incapacidad de hecho y valores vitales.

  1. Una de las primeras dificultades a la hora de aplicar esta ley se desprende de su definición de consentimiento informado y discapacidad grave crónica.

 Consentimientos informado: “es la conformidad libre, voluntaria y consciente de una persona, manifestada en pleno uso de sus facultades después de recibir la información adecuada, para que, a petición suya. tenga lugar una de las actuaciones descritas..”

Discapacidad grave crónica: Situación en la que se produce en la persona afectada una invalidez de manera generalizada de valerse por sí mismo, sin que existan posibilidades fundadas de curación y, en cambio, si existe seguridad o gran probabilidad de que tal incapacidad vaya a persistir durante el resto de la existencia de la persona. Se entiende por limitaciones aquellas que inciden fundamentalmente sobre su autonomía física y actividades de la vida diaria, así como su capacidad de expresión y relación…”

No queda suficientemente claro que una persona pueda actuar en pleno uso de sus facultades cuando está afectada su capacidad de expresión y relación. Pensemos en el supuesto clínico de un paciente con Alzheimer. En situaciones avanzadas de la enfermedad, entra dentro de la definición de discapacidad grave crónica, al mismo tiempo que, por la naturaleza clínica de la enfermedad, está afectada gravemente en su autonomía, sus actividades de la vida diaria y en su  capacidad de expresión y relación.

Pregunta: Si el paciente no puede tomar decisiones libre, voluntaria y consciente en pleno uso de sus facultades, ¿quién toma la decisión?. Él no puede. Solo cabe la posibilidad de que se realice a través de un consentimiento por representación. Aspecto que la ley no contempla. Me parece una laguna grave de la ley, teniendo en cuenta que las personas más vulnerables y que más puedan prestarse a abusos son, precisamente, los pacientes con discapacidad grave crónica.  

  1. La ley exige tener 18 años cumplidos y ser consciente en el momento de demandar la eutanasia. Aunque, el requisito de “ser consciente” en el momento de la demanda, es absolutamente aplicable al ejemplo anterior, me pregunto que si ha sido esta la razón por la qué no se aborda la eutanasia infantil. Ciertos colectivos de la pediatría española ya la han demandado. Es solo cuestión de esperar a que se desarrolle la actividad de sensibilización emocional necesaria, para que la gran mayoría la acepte, no ya como un mal menor, sino como una auténtica obra de caridad.

Y aquí es donde quiero insistir en lo de la pendiente resbaladiza, porque estoy totalmente seguro que esta ley abre la puerta, no solo a la eutanasia infantil, sino a los enfermos mentales crónicos, a patologías no necesariamente terminales y, en definitiva, a situaciones que resulten gravosas para una sociedad instalada en el hedonismo y en un utilitarismo moral absolutamente insolidario.   

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