CRITERIOS DE INGRESO DE LA ANOREXIA NERVIOSA

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Dr. Joaquín Díaz Atienza

INTRODUCCIÓN

Los Criterios para el inIngreso de los trastornos alimentarios, según mi opinión, son excesivamente exigentes y basados en gravedad médica. Creo que situaciones, como las descritas a continuación, contribuyen de forma evidente a la cronificación del trastorno, especialmente, si nos atenemos a los utilizados por el Hospital Universitario Internacional de París.

A mi jucio, se debería diferenciar entre pacientes adolescentes que comienzan con el trastorno alimentario y, de entrada, se muestran muy resistentes e incumplidoras al tratamiento ambulatorio, de aquellas con una evolución crónica. Pienso, que la tarea principal es evitar la cronificación del tratastorno y, para ello, lo básico es que retome cuanto antes la normalización en el comportamiento alimentario. La mejor señal de que el problema pueda cronificarse es el incumplimiento, total o parcial, de las pautas sobre alimentación. Hay profesionales que manienen ambulatoriamente a la pacintes con un TCA de incio debido a que los parámetros nutricionales se mantienen  estables, aunque con bajo peso, desarreglos menstruales e incumplimiento evidente de los acuerdos nutricionales.

Os presentamos algunos de los criterios de hospitalización que aparecen en algunos protocolos.

A) Criterios de l’ Hôpital Universitaire International de Paris

Signos clínicos y paraclínicos de gravedad en el curso de la anorexia nerviosa que obligan a la hospitalización:

  • Índice de Quetelet < 14kg/m2 . Adelgazamiento importante y rápido, cese total de la alimentación, afagia y vómitos.
  • Agotamiento físico alegado por el/la paciente.
  • Trastornos de la conciencia y de la vigilancia, cefaleas, malestar ortostático.
  • Tensión arterial sistólica < 80 mmHg y diastólica < 50 mmHg.
  • Bradicardia < 50 o frecuencia cardiaca < 90 min.
  • Temperatura < 35,5 ºC.
  • Leucocitos < 1500 / mm3, neutrófilos <1000/mm3, plaquetas <50000/mm3.
  • Hipopotasemia <3 mmol/L a pesar del aporte de potasio oral.
  • Natremia < 125mmol/L o >150 mmol/L.
  • Creatinemia < 100 micromol/L, urea >15 mmol/L
  • Hipofosforemia
  • Aumento de transaminasas, Tasa de Protombina < 50 %.
  • ECG: anomalías eléctricas.
  • Pericarditis, prolapso mitral con insuficiencia mitral.
Factores que pueden precipitar una descompensación somática en el curso de la anorexia nerviosa 
  • Domicilio habitual a una altura igual o mayor de 1.500 metros.
  • Ejercicio físico intenso.
  • Diarrea.
  • Enfermedad infecciosa recurrente (especialmente gastroenteritis).
  • Toma de medicación psicotropa.

B) Hospitalización completa: USM-HG/ Endocrinología/ Servicio de Pediatría. (PROCESO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA):

  • La hospitalización completa está indicada cuando se cumplan alguno de los siguientes criterios:

– Somáticos:

  • Pérdida de peso superior al 25% con respecto al previo en menos de 6 meses o al 10% en 1 mes.
  • Frecuencia cardíaca < de 50 spm o TA < 90/60 mmHg o 80/50 en niños, y/o síntomas derivados.
  • Potasio < 3 meq/l o Na < 130 mg/dl, y/o alteraciones en ECG.
  • Hipoproteinemia severa y/o edemas en miembros inferiores.
  • Hipoglucemia persistente y/o hipertransaminasemia (APA).

– Psíquicos:

  • Cuando el TCA se vea acompañado de uno de los siguientes trastornos: trastorno obsesivo-compulsivo grave, esquizofrenia, depresión grave, trastorno por adicción, psicosis sintomática, trastorno del control de los impulsos.
  • Dificultades de diagnóstico diferencial. 
  • Ideación-conducta autolítica directa o indirecta.
  • Conflicto familiar severo que impida la posibilidad de aplicar las normas terapéuticas prescritas en el domicilio.
  •  Conocimiento de presencia de estresores o del peso previo a recaídas anteriores y que es señal o señales de declive rápido.

– Otros:

  • Negativa absoluta a comer o imposibilidad de control de conductas bulímicas.
  •  Fracaso del tratamiento ambulatorio.
  •  Embarazo con riesgo de aborto.
  • Lejanía geográfica respecto al centro de tratamiento.

    Criterios del Instituto de tarstornos alimentarios (Barcelona):

    Criterios psicológicos, físicos y sociofamiliares principalmente:

    • Riesgo elevado para la vida de los pacientes.
    • Recomendación de que el paciente salga de su entorno más cercano.
    • Riesgo de exclusión social, ya que suelen aislarse de su entorno.
    • Trabajo para evitar que la enfermedad se convierta en crónica, ya que los pacientes con TCA suelen mostrar resistencia a los cambios, por la falta de aceptación de la enfermedad.

    Otros indicadores que determinarán la necesidad del ingreso en un centro especializado:

    • Sintomatología grave difícil de controlar por el paciente o la familia.
    • Dificultades para seguir las indicaciones terapéuticas en el Hospital de Día o en régimen ambulatorio. La falta de seguimiento de los pacientes o la familia interfiere en una evolución positiva, hecho que se traduce en estancamiento, empeoramiento sintomático o falta de motivación para el cambio.
    • Índice de masa corporal (MC) menor de 17 y pérdida de peso reciente.
    • Nula ingesta de sólidos y/o líquidos.
    • Desnutrición.
    • Disminución brusca de peso en 2 meses: más del 10% del peso.
    • Además del Trastorno Alimentario, padece diabetes no controlada. Es la llamada “diabulimia”.
    • Trastornos hidroelectrolíticos: hipopotasemia, bajada del nivel de potasio en la sangre, e hiponatremia, bajada del nivel de sodio en la sangre por el abuso de laxantes, diuréticos, quemagrasas o vómitos.
    • Alteración de los signos vitales: bradicardia < 40 lpm o TAS<70.
    • Hipotermia.
    • Abuso de tóxicos.
    • Autolesiones.
    • Intentos suicidio e ideación de querer terminar con su vida.

    C) Criterios de Ingreo en la UTCA de Granada

    Criterios de ingreso urgente:

    Por causa médica:

     a) Pérdida de peso > 50% en los últimos 6 meses.

    b) Negativa absoluta a la ingesta de líquidos-sólidos durante más de 48 horas y las alteraciones biológicas secundarias:

    • – Alteraciones de la conciencia.
    • – Convulsiones.
    • – Alteración hepática o renal grave.
    • – Pancreatitis.
    • – K< 2,5 mEq y/o Na < 130 ó >145
    • – Bradicardia severa < 40 lpm
    • – Síncopes ó TAS <70
    • – Arritmia grave y otros trastornos de la conducción.
    • – HDA; hematemesis y/o rectorragia.
    • – Dilatación gástrica aguda.

    Como norma general y salvo motivo de fuerza mayor se evitarán los ingresos urgentes en UHTCA única y exclusivamente por causa psíquica derivada del TCA como juicio clínico principal, sin la repercusión orgánica anteriormente señalada. 

    Criterios de ingreso programado:

    a) Se priorizará la internación de pacientes jóvenes de inicio reciente pero ya estancadas en el proceso ambulatorio, con especial énfasis en aquellos casos en los que haya previsión de una respuesta rápida y positiva en la hospitalización.

    Por causa orgánica:

    • Mal estado general.
    •  IMC < 14 kg/m2
    •  Pérdida de peso gravemente persistente (> al 25% del preso previo en menos de 6 meses) o muy rápida (>10% en un mes o pérdida un kg o más por semana.
    • Alteraciones electrocardiográficas.
    • Deshidratación.
    • Síncopes, hipotensión, bradicardia.
    • Edemas y/o hipoproteinemia severa.
    • Alteraciones de la coagulación, calambres
    • Hipoglucemia persistente y/o hipertransaminemia.
    • Desequilibrio electrolítico.

    Por causa psíquica

    • Riesgo de autolesiones o la presencia de ideación suicida (sin riesgo inminente de paso al acto).
    • La existencia comórbida de psicopatología asociada a TCA; episodio depresivo mayor, TOC o trastorno del control de impulsos (no conductas adictivas).
    • Aislamiento social extremo.
    • Atracones y vómitos incontrolables en el ámbito domiciliario.
    • Abuso de laxantes y diuréticos que comprometan el estado de salud.

    Por fracaso del tratamiento ambulatorio

    • Fracaso reiterado en la recuperación ponderal.
    • Falta de implicación en las indicaciones relevantes para modificar el curso del trastorno.
    • Dificultad para asumir la incorporación de nuevos hábitos alimentarios y la supresión de rituales o conductas anómalas.

    Situación familiar insostenible

    •  Clima familiar altamente desestructurado. Imposibilidad de estar acompañadas en las comidas o en la mayor parte del día.
    •  Falta de una adecuada colaboración por parte de la familia y/o paciente.
    •  Conductas de culpabilización, presión excesiva o ausencia de responsabilidad con las indicaciones establecidas (conductas purgativas constantes, comida inadecuada, controles externos no deseados).
    •  Chantaje y manipulación a través de la comida.

    Otros criterios

    •  Embarazo de alto riesgo.
    •  TCA con DM descompensada.

    NO serán criterios de ingreso a) Ingreso como castigo/amenaza. b) Ingreso como forma de control impuesta. c) Ingreso sin objetivos personales y sin posibilidad de seguimiento.

     


    Como puede observarse, aunque exista un denominador común, la gravedad médica, cada profesional o institución sigue criterios diferentes. 

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